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Usted puede contactarnos si tiene una pregunta general o si siente que tiene una legítima preocupación. Si su queja se relaciona con hostigamiento, amenazas y conducta incorrecta del personal con respecto a un confinado, usted puede contactar al director de la facilidad donde está el confinado para intentar encontrar una solución inmediata. Las quejas con respecto a ofensores en supervisión de la comunidad deben ser dirigidas al administrador del circuito del área de supervisión. Quejas que alegan el abuso fisico de confinados y conductas inapropiadas del personal, se deben dirigir a la Oficina del Inspector General para la investigación apropiada a la siguiente dirección: 501 S. Calhoun Street, Tallahassee FL, 32399-2500 o llamando al 850-488-9265.
Si luego de agotar todos los esfuerzos en el nivel local, usted considera que las preocupaciones no fueron tratadas apropiadamente, nosotros gustosamente podemos proveer ayuda adicional. Nuestra meta es hacer la cosas correctas, de la manera correcta, por las razones correctas desde la primera vez, Tenga en cuenta que esta oficina sirve como enlace y no violentará políticas departamentales y procedimientos.
Asuntos que se relacionen con libertad condicional, conmutación de la sentencia y con la restauración de los derechos civiles, libertad bajo palabra, libertad condicional por razones médicas y para servicios contra la adicción están sujetos a la discreción de la Comisión De Libertad Bajo Palabra de Florida. Además, la Comisión administra el proceso de clemencia para la Junta de Clemencia Ejecutiva conforme a las reglas de Clemencia Ejecutiva. Para más información con respecto al proceso de la clemencia, usted puede visitar la página Web de la Comisión de Libertad Bajo Palabra de Florida en www.fpc.state.fl.us. Las preguntas que se relacionen con libertad bajo palabra de los presos federales deben dirigirse a US Parole Commission, www.usdoj.gov/uspc.
También, bajo la Constitución de los E. U., los pedidos de clemencia por ofensas criminales federales se remiten al presidente de Estados Unidos. La clemencia ejecutiva puede tomar varias formas incluyendo el perdón, conmutación de la sentencia, remisión de la multa o restitución, y suspensión temporal de un castigo.
Para más información con respecto al proceso de clemencia para los confinados federales, usted debe entrar en contacto con el Departamento de Justicia de Estados Unidos Oficina del abogado del perdón ejecutivo a través de www.usdoj.gov/pardon.
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Preguntas sobre el proceso de deportación se deben tratar con el Departamento de Inmigración y Servicios de Ciudadanía. Si usted necesita asesoramiento jurídico sobre una cuestión de inmigración pero no puede costear a un abogado, podría conseguir asistencia legal libre de cargos o por un costo mínimo a través de grupos comunitarios de ayuda a inmigrantes y otros grupos de servicios a la comunidad en su área. La Junta de Apelaciones de Inmigración, una sección de la Oficina ejecutiva para la revisión de la inmigración (EOIR), mantiene una lista de organizaciones oficialmente reconocidas a nivel nacional y sus representantes acreditados. Usted puede visitar su página Web en www.uscis.gov o llamando al 1 (800) 375-5283. Los clientes pueden tener acceso a información con a menú de opciones automatizadas 24 horas al día, 7 días a la semana. Un representante de servicio al cliente está disponible para asistir a las personas que necesitan más información o ayuda durante el horario regular de oficina.
La Oficina de Servicios Médicos hace accesible el tratamiento médico, dental, y mental comprensivo para confinados de ambos sexos a lo largo y ancho del estado.
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Esto incluye educación en salud, cuidado preventivo, y clínicas de enfermedades crónicas al mismo nivel de cuidado asignado por mandato por el gobierno federal en la comunidad. El alcance del régimen del cuidado médico del confinado incluye cuidado de emergencia y de especialidad así como hospitalización, según sea requerido. Tenga presente que las leyes federales y estatales prohíben que el Departamento de Corrección provea información confidencial sin autorización previa. Antes de proveer cualquier información confidencial, el confinado debe firmar una forma de "consentimiento para la inspección y divulgación de información confidencial". Si usted necesita más información con respecto al cuidado médico de un confinado o los expedientes médicos, puede enviar un E-mail a Oficina de Servicios de Salud en faq.health@mail.dc.state.fl.us
Al momento de la admisión a una institución del Departamento de Corrección de Florida, a cada confinado se le asigna un oficial de clasificación. El oficial de clasificación es responsable de manejar todos los asuntos del confinado relacionados con cuidado, custodia y supervisión tales como bonificación, disciplina, transferencias, custodia, informes sobre de progreso en los trabajos, permisos para trabajo, excarcelaciones, etc. Tenga presente que el Departamento de Corrección de Florida no tiene la autoridad para cambiar la sentencia de un confinado de ninguna manera sin una orden de la autoridad que condena.
Además, los confinados tienen el privilegio del proceso de querella para remediar sus preocupaciones, de conformidad con el Capítulo 33-103 [PDF]. La efectividad del proceso de querella se deriva del curso de acción en donde las querellas son revisadas y/o remediadas a través de niveles administrativos ascendentes por personal profesional altamente adiestrado. Si el asunto no se resuelve a nivel institucional, el confinado puede apelar al Negociado de Querellas de Confinados (Bureau of Inmate Grievances) en la Oficina Central. Las querellas deben ser sometidas dentro de los límites de tiempo establecido en las reglas, de forma que puedan ser revisadas, y se tome acción correctiva, de ser necesario.
Para la información adicional, por favor visite nuestra sección sobre preguntas frecuentes sobre los confinados o envíe un E-mail a la oficina central de clasificación a la siguiente dirección central.classification@mail.dc.state.fl.us
Si usted está buscando información sobre una cárcel del condado y confinados federales, usted tendrá que entrar en contacto con facilidad del condado donde está el confinado o Oficina Federal de Prisiones respectivamente, para la dirección apropiada. El Departamento de Corrección no tiene ninguna autoridad en los individuos o los asuntos que se relacionen con un condado o instalaciones federales.
Usted puede contactar la Oficina de Servicios al Ciudadano por:
| Correo: | Department of Corrections Office of Citizens' Services 501 S. Calhoun Street Tallahassee, FL 32399-2500 |
| Teléfono: | 850-488-7052 or 1-888-558-6488 (libre de cargos) |
| E-mail: |